ADMINISTRADORA DE FONDO DE PENSIONES (AFP)
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El Sistema General de Pensiones tiene como objetivo garantizar a la población colombiana la protección contra las contingencias resultantes de la vejez, la invalidez y la muerte, así como cubrir cada vez más segmentos de población con un sistema de pensiones. Está compuesto por el régimen de Prima Media (ISS) y el régimen de Ahorro Individual (AFP).
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¿Cómo funciona la pensión obligatoria?
Cuando una persona empieza su vida laboral deberá hacer pagos obligatorios de la siguiente forma:
Para trabajadores dependientes:
Un 16% de su salario será destinado a la pensión obligatoria. El empleador pagará el 75% de ese monto y el 25% restante será asumido por el trabajador.
Para trabajadores independientes:
El 16% de los ingresos será destinado a la pensión obligatoria. Este monto será asumido en su totalidad por el trabajador independiente.
El trabajador tendrá la posibilidad de escoger en forma voluntaria el régimen de pensiones que prefiera.
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¿Cuales son los requisitos para acceder a la pensiòn por vejez ?
Para tener el derecho a la Pensión de Vejez, el afiliado deberá reunir las siguientes condiciones:
Haber cumplido cincuenta y cinco (55) años de edad si es mujer o sesenta (60) años si es hombre. A partir del 1° de enero del año 2014 la edad se incrementará a cincuenta y siete (57) años de edad para la mujer, y sesenta y dos (62) años para el hombre.
Haber cotizado un mínimo de mil (1000) semanas en cualquier tiempo. A partir del 1° de enero del año 2005 el número de semanas se incrementará en 50 y a partir del 1° de enero de 2006 se incrementará en 25 cada año hasta llegar a 1.300 semanas en el año 2015.
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